C.A.B.A.-El ATP brindará los beneficios para el Salario Complementario y a las contribuciones patronales, pidieron sumar colegios, transporte y prestadores de salud.
Según se publicó hoy en el Boletín Oficial, mediante la Decisión Administrativa 747/2020, el Gobierno nacional extendió a este mes el alcance de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) durante mayo, relativos al Salario Complementario, y también a las contribuciones patronales.
Con esta iniciativa, la Jefatura de Gabinete resolvió adoptar las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, en base a informes elaborados por el Ministerio de Desarrollo Productivo y la Secretaría de Política Económica, que dan cuenta del nivel de afectación de la economía derivada de la extensión del aislamiento.
En esta instancia, se otorgará el beneficio del Salario Complementario a las instituciones educativas que no reciben subsidios de ninguna clase, y se analizará el caso de las que reciben aportes del Estado.
En la misma sintonía, analizarán la situación de prestadores de la salud que reunirían las condiciones para acceder al mismo beneficio.
El Comité también consideró la postergación y la reducción del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), respecto de los haberes y aportes que se devenguen durante mayo.
Desde el Ministerio de Educación le presentaron al Comité la información de AFIP donde indican que hay instituciones educativas que reunirían las condiciones estipuladas para acceder al Salario Complementario.
La cartera educativa hará los controles con las jurisdicciones locales cuáles de esas instituciones no perciben aportes o subsidios, tras lo cual informará a la AFIP el listado de las que no los reciben de ninguna clase, para que proceda a tramitar el pago del Salario Complementario.
Después de esta revisión, le enviarán directamente a la AFIP el listado de las instituciones que no perciben aportes o subsidios, cuyos trabajadores se encuentran en condiciones de percibir el Salario Complementario, y que el organismo fiscal avance con el trámite tendiente a efectivizar ese beneficio.
En cuanto al Ministerio de Salud, redactaron un informe donde describe la situación de los prestadores de salud en el marco de la emergencia sanitaria. Según el escrito, la situación de las empresas del sector se encuadra en las previsiones que fijan los criterios cuyo cumplimiento se exige para acogerse a los beneficios del ATP.
Entonces, el Comité también le solicitó a la cartera de Salud que efectúe la selección de los prestadores referidos y los comunique.
Por último, el Ministerio de Transporte, solicitó que se incluya en el Salario Complementario a una nómina de actividades del sector, entre los que están los taxis, los remises, el transporte escolar, los servicios de larga distancia, de fletes y el transporte de carga